PADRINO ABOGADOS

jueves, 20 de julio de 2017

CÁRTEL DE FABRICANTES DE CAMIONES. INDEMNIZACIÓN POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS


Es usted unos de los afectados por el cártel de fabricantes de camiones?              En Padrino Abogados resolvemos sus dudas. 

La Comisión Europea, el 19 de Julio de 2016 decidió sancionar a los fabricantes de camiones MAN, IVECO, DAF,  VOLVO/RENAULT  y DAIMLER (MERCEDES) con multas cuantiosas y ello porque vulneraron el artículo 101 del Tratado del Funcionamiento de la Unión europea y el Artículo 53 del Acuerdo EEE ( Espacio económico europeo) toda vez que entre el 17 de Enero de 1997 y el 18 de Enero de 2011 dichos fabricantes pactaron determinados acuerdos sobre la fijación de precios y los incrementos de los precios brutos de los camiones en el EEE , así como también sobre el calendario  y la repercusión de los costes  para la entrada de tecnologías de emisiones  en camiones medios y pesados exigida por las normas EURO 3 a 6 con la finalidad de repartirse el mercado y así impedir la entrada de nuevos competidores o al menos restringirla. De tal forma que incrementaron en las compraventas de camiones el precio de estos. Pacto este que en todo caso prohíbe la Ley de Defensa de la Competencia. 

Si bien todos los fabricantes excepto SCANIA han reconocido su participación en el cártel de camiones.

Por tanto, si usted es transportista (autónomo o empresario) y compró entre los años 1997 y 2011 camiones de seis o más toneladas de las marcas MAN, IVECO, DAF,VOLVO/RENAULT  o DAIMLER (MERCEDES), aunque los vendiera con posterioridad o los adquiriese a través de un contrato de leasing, ha de saber que puede reclamar una indemnización de daños y perjuicios tanto por el sobrecoste en el precio de la compra de los camiones como por el coste de la implantación de los sistemas de retención de los gases contaminantes a la que se añadirán los intereses legales.

En todo caso informarle que se excluyen de la reclamación los camiones adquiridos de segunda mano

  ¡¡¡¡¡Reclame sus derechos, aun está a tiempo!!!!!!!!! ya que el plazo de prescripción es de un año desde el conocimiento del daño y este se produjo desde que se publicó la decisión de la Comisión Europea de 19 de Julio de 2016 en el Diario Oficial de la Unión Europea, que fue el 6 de Abril de 2017, lo que implica que se puede interponer acciones judiciales hasta el 6 de Abril del 2018. Eso sí desde Padrino Abogados aconsejamos interrumpir la prescripción mediante un burofax al fabricante reclamándole los daños y perjuicios ocasionados por el cártel, para así disponer de un mayor plazo de actuación.
En todo caso, la demanda requiere la presentación de un informe pericial especializado en esta materia que determine la cuantía de la indemnización a reclamar judicialmente

  En padrino Abogados nos preocupamos por usted,  defendemos sus derechos,!!! Si esta interesado en ello, póngase en contacto con nosotros  www.padrinoabogados.es   o al teléfono 91 781 56 95 o mail.- info@padrinoabogados.es.  y le daremos un asesoramiento personalizado a su caso concreto.